En la baremación y priorización para los ciclos formativos de grado medio y grado superior en la modalidad presencial, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:


a) Para la admisión se aplicará el baremo establecido en el anexo IV de la convocatoria.


Anexo IV

Baremo aplicable para el acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior.

1. Acceso mediante Titulación u otros estudios.    

 
  2. Acceso mediante prueba o curso de formación específico preparatorio para el acceso.         3. Acceso mediante Certificado de Profesionalidad.        

Criterio

Puntos

Criterio Puntos  Criterio Puntos 

Nota media del Título o estudios que dan acceso a la enseñanza, según el apartado décimo de la presente resolución.

Valor de la nota
media

Nota de la prueba o curso de acceso.

Valor de la nota de la prueba o curso.

   

Haber obtenido el Título o estudios que den acceso a la enseñanza en centros docentes del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

12  

Haber superado la prueba o curso de acceso en centros docentes del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 12  Haber superado el Certificado de Profesionalidad en centros o entidades

del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 12

Haber obtenido el Título o estudios que den acceso a la enseñanza en centros docentes fuera del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

2  

Haber superado la prueba o curso de acceso en centros docentes fuera del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 2  Haber superado el Certificado de Profesionalidad en centros o entidades
fuera del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha.
 2

b) Para el acceso a ciclos formativos de grado medio mediante un Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, se priorizará a las personas solicitantes que hayan obtenido esta titulación en los últimos 3 cursos académicos.

c) Para el acceso a ciclos formativos de grado medio mediante un Título de Técnico Básico o Título Profesional Básico, se priorizará a las personas solicitantes que hayan obtenido esta titulación en los últimos 3 cursos académicos, teniendo en cuenta que tendrán carácter preferente las personas solicitantes cuyo Título de Técnico Básico o Título Profesional Básico esté vinculado a familias profesionales consideradas prioritarias para el acceso al ciclo formativo de grado medio solicitado, según lo dispuesto en la normativa vigente que establece cada Título de Grado Básico o Profesional Básico y recopiladas en el anexo II de la Resolución de convocatoria.

d) Para la reserva de plazas de ciclos formativos de grado medio mediante la superación de cursos de formación específico a ciclos formativos, pruebas de acceso a ciclos formativos o pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años, se seguirá el siguiente orden de prioridad: 

1º Alumnado que haya superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado medio o una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio.
2º Alumnado que haya superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior o una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.
3º Alumnado que haya superado una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. 

e) Para la reserva de plazas de ciclos formativos de grado medio mediante los títulos de Técnico, Técnico superior y las otras vías contempladas en la legislación vigente se seguirá el siguiente orden de prioridad:

1º Alumnado que haya superado un título de Técnico.
2º Alumnado que haya superado un título de Técnico Superior.
3º Alumnado que acceda por las otras vías contempladas en la legislación vigente.

f) Para el acceso a ciclos formativos de grado superior mediante el Título de Bachiller, se seguirá el siguiente orden de prioridad:

1º Alumnado que haya titulado en los últimos tres cursos académicos y que, además, haya cursado las modalidades y/o las materias prioritarias según lo dispuesto en el anexo I de la  Resolución de convocatoria
2º Alumnado que haya titulado en los últimos tres cursos académicos y que no haya cursado las modalidades y/o las materias prioritarias según lo dispuesto en el anexo I de la Resolución de convocatoria.
3º Alumnado que obtuvo el título con anterioridad a los últimos tres cursos académicos y que, además, cursara las modalidades y/o las materias prioritarias según lo dispuesto en el anexo I de Resolución de convocatoria.
4º Alumnado que obtuvo el título con anterioridad a los últimos tres cursos académicos y que no cursara las modalidades y/o las materias prioritarias según lo dispuesto en el anexo I de la Resolución de convocatoria.

g) Para la reserva de plazas de ciclos formativos de grado superior mediante el Título de Técnico de Formación Profesional o Técnico de Artes Plásticas y Diseño, se seguirá el siguiente orden de prioridad: 

1º Alumnado que haya titulado en los últimos tres cursos académicos y que, además, haya cursado estudios de la misma familia profesional.
2º Alumnado que haya titulado en los últimos tres cursos académicos y que no haya cursado los estudios de la misma familia profesional.
3º Alumnado que obtuvo el título con anterioridad a los últimos tres cursos académicos y que, además, cursara estudios de la misma familia profesional.
4º Alumnado que obtuvo el título con anterioridad a los últimos tres cursos académicos y que no cursara estudios de la misma familia profesional.

h) Para la reserva de plazas de ciclos formativos de grado superior, mediante la superación de un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior, una prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional de grado superior, o una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, se seguirá el siguiente orden de prioridad:

1º Alumnado que haya superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior o una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior cuya opción de la parte específica de acceso a la familia profesional a la que pertenezca el ciclo formativo solicitado, según lo establecido en la normativa en la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en Castilla-La Mancha.

2º Alumnado que haya superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado superior o una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior cuya opción de la parte específica no dé acceso a la familia profesional a la que pertenezca el ciclo formativo solicitado, según lo establecido en la normativa en la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en Castilla-La Mancha.

3º Alumnado que haya superado una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. 

i) Para la reserva de plazas de ciclos formativos de grado superior mediante los títulos de Técnico Superior o las otras vías contempladas en la legislación vigente, se seguirá el siguiente orden de prioridad:

1º Alumnado que haya superado un título de Técnico Superior.
2º Alumnado que acceda por las otras vías contempladas en la legislación vigente.



Desempate:

Para todas las vías de acceso, si tras aplicar estos criterios persiste empate entre los solicitantes, se realiza el desempate mediante:

Asignación de un número a cada solicitud que se hará público.

Sorteo del número a partir del cual se ordenarán de forma ascendente las solicitudes.


No existe ningún tipo de prioridad en la admisión de Ciclos Formativos:


  • Por la existencia de determinadas circunstancias (hermanos en el centro, proximidad al domicilio, renta per cápita, etc).
  • Por haber cursado estudios en el mismo centro para el que solicita ciclo.