Funciones y Competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1. A la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes corresponde la máxima representación de su Departamento y, conforme al artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, las siguientes funciones:
 
a) Formular los programas de actuación y fijar los objetivos de la Consejería.
b) Desarrollar la acción de gobierno y la potestad reglamentaria en el ámbito de competencia de la Consejería.
c) La superior jefatura de los órganos administrativos de la Consejería.
d) La suscripción de los convenios de colaboración cuando la competencia no está atribuida al Consejo de Gobierno.
e) Cualquier otra función o competencia que le sea atribuida por la vigente legislación.
 
2. Como órgano de asistencia al titular de la Consejería existirá un Gabinete, en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre. Además de las funciones de asistencia al titular de la Consejería, tendrá asignada la supervisión del Portal de educación y otros portales de información de la Consejería, en el ámbito de la cultura, juventud y deportes.


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