Desde el 15 de enero de 2015, las empresas que adoptan la forma de Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada tiene la posibilidad de emitir sus facturas de forma electrónica (art. 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre,  de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público).

 

Los centros docentes de Castilla-La Mancha están excluidos de facturación electrónica por aquellas facturas cuyo importe sea igual o inferior a 5.000,00 euros (artículo 6 de la Orden de 4-2-2015, de la Consejería de Hacienda, por la que se crea el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración de la JCCM y se regula el procedimiento para su tramitación). No obstante, aunque el centro docente está excluido de este tipo de facturación, si el proveedor quiere emitirle una factura electrónica puede hacerlo.

 

La aplicación informática utilizada por los centros docentes para la gestión económica, GECE2000, no permite la tramitación de facturas electrónicas. Por este motivo, todas las facturas electrónicas que reciban los centros docentes de Castilla-La Mancha serán tramitadas, conjuntamente, por los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes, y el centro docente.

 

Descargando el documento situado mas abajo encontrarán las instrucciones sobre la forma de proceder en la tramitación de las facturas electrónicas