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La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, crea los ciclos de Formación Profesional Básica dentro de la Formación Profesional del sistema educativo, como medida para facilitar la permanencia de los alumnos y las alumnas en el sistema educativo y ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional. Estos ciclos incluyen módulos relacionados con los bloques comunes de ciencias aplicadas y comunicación y ciencias sociales que permitirán a los alumnos y las alumnas alcanzar y desarrollar las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida


 Requisitos de acceso 

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso.
  • Haber cursado 3º de ESO, o excepcionalmente haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Propuesta de acceso a Formación Profesional Básica del equipo docente.

 Contenidos

 Las enseñanzas se organizan en los siguientes módulos:

    • Bloque de Comunicación y Ciencias Sociales I y II, que incluirá las siguientes materias:
      • Lengua Castellana
      • Lengua Extranjera
      • Ciencias Sociales
    • Bloque de Ciencias Aplicadas I y II, que incluirá las siguientes materias:
      • Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional
      • Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional
    • Módulos profesionales (de nivel 1) en los dos cursos.
    • Módulo de formación en centros de trabajo.

Los criterios pedagógicos con los que se desarrollarán los programas formativos de estos ciclos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. Tendrán una especial consideración la tutoría y la orientación educativa y profesional.


Duración

Los ciclos tendrán 2 años de duración. Los alumnos podrán permanecer cursando un ciclo de Formación Profesional Básica durante un máximo de cuatro años.


Evaluación

La evaluación de los ciclos de Formación profesional Básica se lleva a cabo de acuerdo con la Orden de 19 de mayo de 2016 en la que se regula la evaluación, promoción y acreditación académica del alumnado de estas enseñanzas. 


Titulación

Quienes superen el ciclo formativo recibirán el título Profesional Básico correspondiente. 

  • Permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional del sistema educativo.
  • Podrán obtener el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.


 Por ahora se han programado 28 Títulos.



1

 Servicios Administrativos

15

 Actividades Agropecuarias

2

 Agro-jardinería y Composiciones Florales

16  Aprovechamientos Forestales

3

 Servicios Comerciales

17  Artes Gráficas

4

 Reforma y Mantenimiento de Edificios

18  Alojamiento y Lavandería

5

 Electricidad y Electrónica

19  Industrias Alimentarias

6

 Fabricación y Montaje

20  Actividades Marítimo-Pesqueras

7

 Cocina y Restauración

21  Informática de Oficina

8

 Peluquería y Estética

22  Actividades de Panadería y Pastelería

9

 Informática y Comunicaciones

23  Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios

10

 Carpintería y Mueble

24  Mantenimiento de Viviendas

11

 Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel

25  Fabricación de Elementos Metálicos

12

Tapicería y Cortinaje

26  Instalaciones Electrotécnicas y Mecánica

13

Mantenimiento de Vehículos

27  Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo

14

Vidriería y Alfarería

28  Acceso y conservación en instalaciones deportivas