Sobre la aplicación del Artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Dado que todo el personal en activo en la actualidad está obligado a aportar el correspondiente certificado y con el fin de facilitar su petición a la Administración de Justicia, caben dos posibilidades:
1. Autorización a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para que solicite el certificado.
2. Solicitud directa ante la Administración de Justicia al no autorizar a la Consejería.
El personal que no autorice a la Consejería solicitará el certificado ante la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, o telemáticamente en el enlace siguiente:
El certificado se podrá solicitar a partir de la publicación de esta instrucción en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha y se entregará como fecha límite el 15 de marzo de 2016,
Más información en el siguiente PDF: